Compañeros/as docentes:

La ciencia y la tecnología, en la sociedad revolucionaria, deben estar al servicio de la liberación de la humanización del hombre
Paulo Freire (Pedagogo)

Compañeros/as docentes:
              La práctica política y social, cual responsabilidad ciudadana que asumimos, nos congrega a fin de ejercer los derechos ciudadanos para defender el ambiente en el cual vivimos y nos desempeñamos. En el marco de la campaña “Paren de fumigar las escuelas” brindamos este material informativo sobre la problemática socio-ambiental del uso de agrotóxicos y sus nocivas consecuencias en la salud de la población.
                            Nuestras escuelas de las zonas rurales están en permanente riesgo de ser alcanzadas por las fumigaciones con agrotóxicos y por tanto quienes componen la comunidad educativa: docentes, estudiantes y sus familias, también.
              Apuntado al objetivo de aportar herramientas legales y con el asesoramiento de profesionales experimentados en el tema, hemos compilado y resumido la legislación vigente. A su vez, elaboramos un Protocolo que puede ser la guía de actuación en casos de ser sorprendidos por una fumigación agrícola. Y por último, requerimos una vez más vuestra participación para solicitarles que completen y nos devuelvan la planilla de relevamientoCuadro de Situación, que tiene por objetivo obtener un panorama general de la situación de nuestras escuelas rurales con relación a esta problemática.
                            Para favorecer la comunicación y el intercambio entre todo/as hemos creado una página de Facebook: Paren De Fumigar Las Escuelas C. del Uruguay -que invitamos a visitar y “hacerse amigos”- y un correo electrónico: parendefumigarlasescuelascdelu@gmail.com
              En conjunto, la Asociación Gremial de Magisterio de Entre Ríos y la Asamblea Ciudadana Ambiental de Concepción del Uruguay nos comprometemos a continuar apostando a la organización política y social para defender la vida y nuestro derecho a convivir en un ambiente sano y a un desarrollo social, económico, cultural no contaminante, sino sustentable.





ASOCIACION GREMIAL DEL MAGISTERIO DE ENTRE RIOS
ASAMBLEA CIUDADANA AMBIENTAL CONCEPCION DEL URUGUAY

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Versión/arreglo del tema "Cuando muere el Angelito" De Eugenio Carlos Inchausti y Marcelo Ferreyra.

CONSTITUCIÓN DE LA NACIÓN


Artículo 41.- Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo.


CONSTITUCIÓN DE LA PROVINCIA


Artículo 11.- Todos los habitantes de la Provincia gozan del derecho de enseñar y aprender conforme a las leyes que reglamenten su ejercicio.


Artículo 22.- Todos los habitantes gozan del derecho a vivir en un ambiente sano y equilibrado, apto para el desarrollo humano, donde las actividades sean compatibles con el desarrollo sustentable, para mejorar la calidad de vida y satisfacer las necesidades presentes, sin comprometer la de las generaciones futuras. Tienen el deber de preservarlo y mejorarlo, como patrimonio común.


Artículo 83.- El Estado fija la política ambiental y garantiza la aplicación de los principios de sustentabilidad, precaución, equidad intergeneracional, prevención, utilización racional, progresividad y responsabilidad. El poder de policía en la materia será de competencia concurrente entre la Provincia, municipios y comunas. Asegura la preservación, recuperación, mejoramiento de los ecosistemas y sus corredores biológicos y la conservación de la diversidad biológica.


ARTÍCULO 86. - La Provincia promueve la unidad económica productiva mediante leyes que contemplen el arraigo del productor entrerriano, el crecimiento y desarrollo progresivo de las actividades productivas locales y el estímulo de la tenencia de la tierra por sus residentes.


La legislación desalentará la especulación y la existencia de latifundios y el uso de la tierra en grandes superficies continuas o discontinuas, mediante regímenes tributarios, alícuotas progresivas u otras políticas activas.


Resguardará el orden público en relación con la adquisición de inmuebles rurales por personas físicas o jurídicas extranjeras no residentes en el territorio nacional.


Más del 70% de las Escuelas Rurales de la Provincia son fumigadas periódicamente con agrotóxicos de comprobado daño para la salud y el ambiente, en muchos casos con estudiantes y docentes en clase.


Campaña “Paren de Fumigar las Escuelas”

AGMER Seccional Uruguay

Asamblea Ciudadana Ambiental de Concepción del Uruguay

http://www.escuelasfumigadas.blogspot.com

facebook “paren de fumigar las escuelas”